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Por Lucas Chaparro Sepúlveda , 8 de noviembre de 2018

Tribunal Ambiental de Valdivia escuchó alegatos en causa por planta de tratamiento de Lácteos Puerto Octay

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Empresa pide revocar o reducir millonaria multa impuesta por la SMA, por diversos incumplimientos a su RCA.

El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble hasta Magallanes, escuchó este jueves los alegatos en la reclamación interpuesta por Rentas e Inversiones Harwardt y Cia. Ltda. en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que la sancionó con una multa de 449.5 Unidades Tributarias Anuales ($259.000.000 aproximadamente).

 

La sanción es resultado de un procedimiento administrativo iniciado por la SMA, por nueve presuntos incumplimientos asociados a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto “Sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos, Planta de Lácteos Puerto Octay, X Región”, así como a la norma de emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas.

 

Durante la audiencia, la reclamante sostuvo que la SMA confundió la persona jurídica con la natural, al considerar los ingresos económicos de uno de los socios de la empresa, el Sr. Rodolfo Harwardt Rabenko, para calcular el tamaño y capacidad económica de la empresa para pagar las multas. Además, alegó que al momento de calcular las multas, la SMA no consideró la afectación patrimonial a la empresa por el incendio de la planta registrado en diciembre de 2017.

 

Por su parte, la SMA señaló que tanto la empresa como su socio forman una unidad económica, pues es el Sr. Harwardt quien tiene el giro de producción de lácteos, a lo que agregó que fue la propia empresa quien incorporó la información contable del Sr. Hardwardt cuando se le solicitaron los balances para dimensionar su tamaño y calcular la multa, sin acompañar la de la empresa.

 

El organismo fiscalizador explicó que la empresa nunca demostró la afectación económica sufrida por el incendio de 2017 y señaló que sabía desde al menos el año 2010 que estaba incumpliendo su RCA, al no construir el emisario submarino de descarga para sus Residuos Industriales Líquidos (RILES).

 

El Tribunal, integrado por los Ministros Sr. Michael Hantke Domas, Sra. Sibel Villalobos Volpi y Sr. Jorge Retamal Valenzuela, determinó dejar la causa en estudio, por lo que se podrían decretar nuevas actuaciones en los próximos días.

 

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