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Por Claudia Sepúlveda , 7 de octubre de 2021

Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Puerto Montt revisará 192 solicitudes

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Corte de Apelaciones de Puerto Montt
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En la última sesión –realizada el 7 de abril pasado– la comisión otorgó la libertad condicional a 12 internos (5,5%) de un total de 217 postulantes de los penales de Ancud, Castro y Puerto Montt.

La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Puerto Montt revisará  este jueves 7 de octubre las solicitudes para acceder a la libertad condicional presentadas por 192 internos de las unidades penales de Ancud (11), Castro (19) y Puerto Montt (162).

La Comisión será presidida por el ministro de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt Patricio Rondini Fernández-Dávila, e integrada por los jueces del Juzgado de Garantía de la comuna Marcela Araya Novoa y Miguel Ángel García Herrera, y los magistrados del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, Patricia Miranda Alvarado y Rosario Cárdenas Carvajal.

A su vez, participará como relatora la secretaria (s) del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Maullín, María José Rojas Miranda, con el apoyo de la abogada y funcionaria del tribunal de alzada Carolina Mancilla Ojeda, quien, además, cumplirá funciones como secretaria de la Comisión. En tanto, como digitadora participará la abogada y funcionaria de la Corte, Catalina Martin Huala.

La sesión –correspondiente al segundo semestre– está programada a las 8.30 horas y se realizará por cuarta vez de manera remota a través de videoconferencia. La comisión, como es habitual, revisará caso a caso las solicitudes y los informes técnicos presentados por Gendarmería.

En la última sesión –realizada el 7 de abril pasado– la comisión otorgó la libertad condicional a 12 internos (5,5%) de un total de 217 postulantes de los penales de Ancud, Castro y Puerto Montt.

El trabajo de la Comisión se rige por el Decreto Ley N° 321, modificado por la ley N° 21.124 -que entró en vigencia el 18 de enero de 2019-, establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal, y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.

El 17 de septiembre de 2020, el Ejecutivo publicó además el decreto 338, reglamento que establece las normas relativas a la organización del sistema de libertad condicional, incluyendo los programas, las características y los aspectos particulares que éstos deberán tener, así como los planes de intervención individual y las características y requisitos que deben reunir los delegados de libertad condicional.

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