Agro y ganadería
Por María Isabel Triviño , 7 de abril de 2021MOP decreta escasez hídrica para 3 provincias de la Región de Los Lagos
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 3 añosSepa en qué criterios técnicos se basó el Ministerio de Obras Públicas para adoptar esta determinación, cuáles son los alcances que ésta podría tener y a quiénes beneficiaría.
Luego que se verificara el cumplimiento de los criterios técnicos definidos por la Dirección General de Aguas (DGA), el ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, firmó un nuevo decreto de escasez hídrica para para las provincias de Osorno, Llanquihue y Chiloé de la Región de Los Lagos.
Al respecto, el director general de Aguas del MOP, Oscar Cristi, explicó que “para declarar escasez hídrica se consideran los resultados del Informe de Condiciones Hidrometeorológicas de la División de Hidrología de la DGA-MOP, que determina una condición de sequía si en cada territorio se sobrepasa al menos el límite definido en uno de los indicadores de caudal, precipitaciones y aguas subterráneas”.
Cabe señalar que se trata de la segunda declaración de escasez hídrica que se aplica en esta región, ya que la primera fue mediante el Decreto N° 84 del 1 de agosto de 2017 para las comunas de Quemchi y Quellón de la Provincia de Chiloé, que caducó el 1 de febrero de 2018.
Al 6 de abril de 2021, son 104 comunas entre las regiones de Atacama y Metropolitana, incluidas las 26 de estas tres provincias de la Región de Los Lagos, las que se encuentran bajo uno de los 17 decretos de escasez hídrica vigentes en el país, los que buscan beneficiar especialmente a 778.495 personas que viven en zonas rurales.
Respecto de los alcances de los decretos de escasez hídrica, desde el MOP se indica que éstos entregan varias herramientas a la autoridad para disminuir los efectos ocasionados por la sequía, especialmente en los sectores rurales.
Además, éstos tienen una vigencia de seis meses y no se renuevan, ya que fueron pensados en un contexto en que la sequía era una situación particular y no estructural. En consecuencia este decreto, que involucra a 26 de las 30 comunas de la Región de Los Lagos, tiene como fecha de caducidad el 5 de octubre de este 2021.
En este contexto, el seremi de Obras Públicas de la Región de Los Lagos, James Fry, señaló que “la declaración de escasez hídrica permite la entrega de recursos de emergencias para quienes viven en zonas rurales, como el abastecimiento con camiones aljibes. Estos son contratados por las comunas y financiados por el Gobierno Regional, una vez que ha sido autorizado por el Ministerio del Interior”.
El seremi agregó que para que Interior dé el visto bueno, debe cumplirse al menos uno de los siguientes requisitos: Declaración de zona de escasez hídrica a través del Ministerio de Obras Públicas; Declaración de emergencia agrícola como consecuencia del déficit hídrico decretada por el Ministerio de Agricultura; Declaración de zona de catástrofe, que realiza el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; e informe que acredite la falta de recursos en un sector o sistema de Agua Potable Rural producto del déficit de precipitaciones, efectuado por la Dirección de Obras Hidráulicas del MOP.
James Fry acotó que “las declaraciones de escasez hídrica, además, abren la puerta para la aprobación de decretos de emergencia MOP que tramita la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) por solicitud de las comunas afectadas, para entregar soluciones en el corto plazo que incluye el mejoramiento de sistemas de Agua Potable Rural (APR) y desarrollar obras por trámite directo sin licitaciones”, recalcó.
CRITERIOS
En cuanto a los análisis de la DGA considerados para adoptar una determinación en este sentido, figuran los caudales medios mensuales acumulados de los últimos tres meses y se calcula el Índice de Caudales Estandarizados (ICE), que para debe ser igual o menor a -0,84 para que haya condición de sequía, entre las regiones de Atacama y Los Lagos.
También se realiza un estudio pluviométrico, que se construye comparando los valores actuales con los mensuales acumulados a contar de abril –que incluya el período comprendido entre ese mes y agosto- y los totales anuales de los últimos 30 años, con los cuales se obtiene el Índice de Precipitaciones Estandarizados (IPE), que exige el mismo rango para la zona ya mencionada.