Economía
23 de octubre de 2024 | 13:25

Explican cómo funcionará el comercio durante las elecciones

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El gremio hizo un llamado a las empresas a planificar con antelación los turnos de trabajo y permisos para que sus colaboradores puedan ejercer su derecho al voto, garantizando al mismo tiempo el normal funcionamiento de las operaciones comerciales.

Ante las próximas elecciones regionales y municipales, que se desarrollarán este sábado 26 y domingo 27 de octubre, la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) explicó el funcionamiento del comercio durante estos días, información clave para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes y para planificar adecuadamente las actividades comerciales durante estas fechas.

El gremio detalló que el sábado 26 no está catalogado como feriado, sino que será un día hábil, por lo que las actividades comerciales pueden desarrollarse con normalidad.

Sin embargo, el domingo 27 -conforme a lo establecido en la ley N°21.693- sí es un feriado legal no irrenunciable. En ese sentido, el comercio podrá funcionar normalmente salvo lo que se refiere al caso de los trabajadores del comercio que desempeñan funciones en malls, centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, lo que implica que dichos establecimientos deberán cerrar sus puertas el domingo 27. Las demás actividades comerciales, en tanto, pueden funcionar según las disposiciones aplicables para feriados no irrenunciables.

María Teresa Vial, presidenta de la CCS, recordó además que “legalmente los empleadores están obligados a otorgar un permiso de tres horas a sus trabajadores para que puedan ejercer su derecho a voto, sin que este tiempo sea descontado de sus remuneraciones. Este permiso puede ser utilizado el sábado 26 o el domingo 27, según la elección del trabajador”.

Los empleadores deben también otorgar los permisos correspondientes a los trabajadores que sean designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la junta electoral, los que tampoco pueden afectar la remuneración del trabajador.

Sanciones por incumplimiento

El no cumplimiento de las disposiciones laborales relacionadas con el proceso electoral puede conllevar multas que varían entre 3 y 150 UTM (entre $199.683 y $9.984.150) dependiendo del tamaño de la empresa.

Las infracciones incluyen:

●        No otorgar el feriado legal.

●        Descontar el tiempo que los trabajadores destinen a sufragar.

●        Negar el permiso de tres horas para votar.

●        No conceder permisos a los trabajadores que actúan como vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores.

Para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento de la normativa, la CCS recomienda a las empresas planificar con antelación los turnos de trabajo y permisos para que sus colaboradores puedan ejercer su derecho al voto, garantizando al mismo tiempo el normal funcionamiento de las operaciones comerciales.

Además el gremio sugiere consultar la información oficial de la Dirección del Trabajo en: https://www.dt.gob.cl/portal/1627/w3-article-126782.html

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