Actualidad
Por Lucas Chaparro Sepúlveda , 27 de noviembre de 2018

Egresada de derecho fue condenada a 3 años y 1 día por denuncia calumniosa

  Atención: esta noticia fue publicada hace más de 6 años
Lectura de sentencia del caso
Compartir

Tribunal Oral de Puerto Montt le dio el beneficio de libertad vigilada a la joven que había denunciado a un abogado por el delito de violación el 2016

A la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, fue condenada la egresada de derecho Francisca Andrea Díaz Williams por el delito consumado de denuncia calumniosa en contra de un abogado a quien había denunciado por el delito de violación. 

Se trata del ex abogado de la Fiscalía en Hualaihué, Willy Fahrenkrog Podlech, a quien el Tribunal de Garantía acogió su querella de calumnias contra la estudiante universitaria de Valdivia, y posteriormente llevó a juicio siendo condenado por este delito perpetrado el perpetrado en febrero de 2016 en la comuna de Puerto Montt. La condenada fue también multada con 1 UTM. 

El Tribunal Oral leyó la sentencia donde se estipuló por fallo dividido, que el delito se dio por acreditado, más allá de toda duda razonable. Es así, que en la lectura de sentencia se estableció "que el 13 de febrero de 2016,ante personal de la Segunda Comisaría de Puerto Montt, la imputada Francisca Andrea Díaz Williams, efectuó denuncia criminal en contra de Willy Axel Gustav Fahrenkrog Podlech, a quien imputó la comisión de un delito de violación, señalando, entre otras cosas, que el día 12 de febrero de 2016, alrededor de las 23:00 horas, concurrió junto al supuesto agresor sexual hasta un pub ubicado en la ciudad de Puerto Montt, para luego acompañarlo voluntariamente hasta la residencial El Candil ubicado en calle Illapel N° 86, de dicha ciudad, donde éste se iba a hospedar", lugar donde la habría agredido sexualmente.

"Posteriormente en la investigación penal desarrollada, se estableció que la denuncia efectuada era mendaz, al esclarecerse las circunstancias de una relación sexual consentida, que al momento del acceso carnal Díaz Williams no se encontraba privada de sentido ni que haya mediado aprovechamiento de su capacidad disminuida para oponer resistencia por parte del supuesto agresor, siendo finalmente dicha causa, con fecha 3 de febrero de 2017, sobreseída definitivamente por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt ya que los hechos denunciados no eran constitutivos de delito, según lo previene el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal".

Para cumplir con el beneficio, la condenada deberá "presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, correspondiente, en el término de 10 días una vez ejecutoriado el presente fallo, y además cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento".

El Tribunal estuvo integrado por los jueces Patricia Miranda (presidenta), Patricio Carrasco (redactor) y Rosario Cárdenas–, quienes también aplicaron a Díaz Williams la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la prohibición de acercarse a la víctima.

Si te interesa recibir noticias publicadas en Diario Chiloé, inscribe tu correo aquí
Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?
Urmeneta 581, oficina 24, Puerto Montt | Fono: (065) 2281000 | Email: puertomonttdiario@gmail.com

Powered by Global Channel