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Por Gerardo Pavez , 27 de abril de 2021

Condenan a imputado por de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte en Hualaihué

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Tres personas fallecieron tras accidente ocurrido en marzo de 2020.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a Iván Andrés Nieto Ortega a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, en calidad de autor del delito consumado de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte, lesiones menos graves y lesiones leves. Ilícito perpetrado el 21 de marzo del año pasado, en la comuna de Hualaihué.

En fallo unánime (causa rol 10-2021), el tribunal –integrado por los jueces Jaime Rojas Mundaca (presidente), Loreto Yáñez Sepúlveda (redactora) y Francisco Javier del Campo Toledo– aplicó, además, a Nieto Ortega las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, la inhabilitación perpetua para conducir vehículos motorizados; más el pago de una multa de 20 UTM y las costas de la causa.

Asimismo, el tribunal decretó el comiso del vehículo marca BMW, modelo Z4, placa patente HSRS-64, de propiedad del sentenciado, a quien se re reconoció la circunstancia atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal, de irreprochable conducta anterior.

“Reuniéndose los requisitos exigidos por el artículo 15 bis de la Ley 18.216, se sustituye la sanción impuesta al sentenciado Iván Nieto Ortega por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, la que se extenderá por un término igual al de la condena, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la ciudad de Puerto Montt o del lugar en que fijare su domicilio; y cumplir además, durante el periodo de control con el Plan de Intervención Individual”, consigna el fallo

Adicionalmente, se le impuso a Nieto Ortega la obligación de mantenerse de manera continua en el domicilio o lugar que fije para el cumplimiento de la pena sustitutiva, entre las 23 horas y cinco de la madrugada del día siguiente.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a la cero hora del 21 de marzo de 2020, “Iván Andrés Nieto Ortega condujo en manifiesto estado de ebriedad el vehículo marca BMW, modelo Z4, placa patente HSRS-64, por Avenida Bernardo O’Higgins de la comuna de Hualaihué junto a don Héctor Parra Castillo, Karlihet Soto Tampier, Polette Calixto Uribe, Brian Barroso Finol, quienes iban al interior del vehículo, y de Maicol Villalobos Finos, que viajaba en el portamaletas; y al llegar a la altura de calle Diego Paillán, producto de la pérdida de las facultades psicomotoras por su ingesta de alcohol y estado de ebriedad, éste perdió el control y maniobrabilidad de su automóvil, desvió en forma progresiva su trayectoria hacia la izquierda, chocó con la parte frontal de la estructura del móvil en la solera de la calle Diego Paillán, y volcó luego por proyección, cayendo el vehículo con todos sus ocupantes al lecho del Río Negro”.

A consecuencia del accidente, “Karlihet Soto Tampier resultó con aumento de volumen facial y periocular a izquierda, impotencia funcional brazo derecho y limitación funcional hombro izquierdo, lesiones clínicamente de mediana gravedad que demoraron en sanar 18 a 20 días con igual tiempo de incapacidad; y Héctor Parra Castillo, con una escoriación en pierna con leve aumento de volumen, lesión de carácter leve; mientras que Polette Calixto Uribe y los adolescentes Brian Barroso Finol y Maicol Villalobos Finol quedaron atrapados al interior del vehículo bajo el río, falleciendo los tres por asfixia por sumersión”, detalla.

Al momento de los hechos, el condenado manejaba el vehículo sin haber obtenido licencia de conducir.

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