Actualidad
Por Claudia Sepúlveda , 14 de agosto de 2022 | 12:00Nueva condena para "Juan Metralla": Ministro Alvaro Mesa sumó sentencia por detención ilegal y apremios ilegítimos
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 2 añosEl oficial en retiro de carabineros, quien se entregó a la justicia para cumplir la pena de cárcel por la muerte del ex diputado socialista Luis Espinoza, fue condenado ahora por su responsabilidad en los delitos cometidos contra José Sergio Contreras Ojeda.
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los
derechos humanos de las jurisdicciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Claudio Mesa Latorre, dictó la sentencia número 60 en la materia. En ella, condenó al oficial de Carabineros en retiro, René Isidro Villarroel Sobarzo, a las penas de 3 años y 541 días de presidio efectivo, como autor de los delitos de detención ilegal y apremios ilegítimos, en carácter de lesa humanidad, respectivamente. Los ilícitos fueron perpetrados en septiembre de 1973, en la comuna de Fresia, provincia de Llanquihue.
En el fallo, cuya causa tiene el rol 10.914, el ministro Mesa Latorre aplicó al oficial -además- las accesorias legales de suspensión de cargos y oficios públicos mientras duren las condenas, por su responsabilidad en los delitos cometidos en contra de José Sergio Contreras Ojeda.
Los hechos de 1973
En la sentencia, el ministro instructor dio por establecido los siguientes
hechos: “Que una vez ocurrido el Golpe Militar en Chile, el 11 de septiembre de 1973, la Tenencia de Fresia quedó al mando del teniente René Isidro Villarroel Sobarzo, seguido del sargento primero Carlos Villablanca, y los cabos José Andrade Segovia, Herne Barría Ampuero y Juan Saldivia Teneb. También estaban los carabineros Héctor Castillo Paredes, Luis Lopetegui Santana, Gregorio Maldonado Yunge y Juan Pérez Santibáñez, quienes tenían a su cargo la seguridad interior de la localidad, además de dar cumplimiento a las diversas órdenes judiciales, citaciones y otros requerimientos".
Según el escrito del ministro Mesa, en declaraciones de los carabineros Gregario Maldonado ·y Juan Pérez, "desde septiembre de 1973, el teniente Villarroel, a quien apodaban ‘Juan Metralla’ conformó un grupo de funcionarios dedicados exclusivamente a investigar personas por motivos políticos, tal grupo estaba integrado por algunos
funcionarios agregados provenientes de la Primera Comisaría de Puerto Varas, y se sumaban a ellos entre 10 a 12 conscriptos provenientes del Ejército.
Este grupo ‘especial’ se dedicaba a la detención de personas por infracción al toque de queda y por motivos políticos, los cuales luego de detenidos eran ingresados a los calabozos de la Tenencia de Fresia, para luego ser interrogados en la oficina de ‘Juan Metralla’, y posteriormente eran trasladados a la ciudad de Puerto Montt o Puerto Varas. En palabras del Carabinero Juan Pérez, quien prestó servicios en la Tenencia de Fresia a la época en que ocurrieron los hechos; los interrogatorios eran efectuados a puertas cerradas, sin embargo se escuchaban los gritos y
lamentos provenientes de su interior, lo que hacía presumir que las personas estaban siendo violentadas, añadiendo que los interrogatorios siempre estuvieron a cargo del teniente de la unidad policial, quien además tomaba todas las decisiones, órdenes e instrucciones, que afectaban a los detenidos por motivos políticos, incluso decidiendo el destino de cada uno de ellos".
La sentencia agrega que "con fecha 13 de septiembre de 1973, en circunstancias que la víctima de autos, don José Contreras Ojeda, iba camino a su trabajo, junto a los hermanos Esterfio Nauto Díaz y Óscar Edecio Nauto Díaz se encontraron con carabineros de Fresia que estaban ‘Empantanados’, quienes les pidieron ayuda para sacar el Jeep. Ellos accedieron, luego dichos carabineros les preguntaron sus nombres y sacaron una lista y les dijeron que los andaban buscando, por lo que el teniente René Villarroel Sobarzo, quien se encontraba en el lugar junto al Sargento Ernesto Emhardt Barría (fallecido, según consta a fs.631, tomo II), el Carabinero Gregario Maldonado y Víctor Ávila, entre otros, cuyas identidades no son recordadas por la victima de autos, procedieron a detenerlos, y los llevaron hasta la Tenencia de Fresia, sin exhibirles previamente alguna orden de detención o informales los motivos de la misma. Una vez en el cuartel fueron dejados en los calabozos, hasta el día siguiente, cuando fueron interrogados y golpeados por orden del teniente al mando de la unidad policial. Además fueron consultados por su militancia política y tenencia de armas. Dichos interrogatorios fueron presenciados además por el Sargento Emhardt, y los Carabineros Maldonado y Ávila, a quienes la víctima ubicaba por razones deportivas. Con posterioridad a los hechos descritos, la victima junto a otras personas, que conformaban un total de ocho aproximadamente,
fueron trasladados en un camión, hasta otros centros de detenciones ubicados en la zona Puerto Montt donde sufrieron maltrato físico y psicológico, para finalmente ser dejados en libertad”.
En el aspecto civil, el ministro Alvaro Mesa condenó al fisco a pagar una indemnización de $60.000.000 (sesenta millones de pesos), por concepto de daño moral a la víctima, y al pago de las costas “por haber sido totalmente vencido”.