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Por Marcelo Vera , 11 de septiembre de 2023 | 20:21

Corte de Puerto Montt confirma la prisión preventiva de imputado por lavado de activos

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La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó la apelación interpuesta por la defensa, manteniendo en prisión preventiva al imputado por lavado de activos, estafas y apropiación indebida de fondos provenientes de órganos del Estado.

La Corte de Puerto Montt rechazó este lunes 11 de septiembre el recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra de la resolución que mantuvo la prisión preventiva de D.A.A.G., imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de lavado de activos, estafas y apropiación indebida de fondos provenientes de órganos del Estado.

En decisión unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Ivonne Avendaño Gómez, Claudia Cárdenas Navarro y la fiscal judicial Mirta Zurita Gajardo– confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que ordenó mantener la cautelar más gravosa, por eventual peligro de fuga.

“El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se aprecia que los fines del procedimiento sólo pueden verse satisfechos con la medida cautelar de prisión preventiva, que además la libertad del imputado constituye un peligro de fuga, atendido el carácter de los delitos por los cuales se ha formalizado la investigación, las penas asignadas a los ilícitos y su eventual forma de cumplimiento, se confirma la resolución de fecha cuatro de septiembre del año en curso, pronunciada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt don Francisco Almonacid Faúndez, que dispuso mantener la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado (…)”, consigna la resolución.
 

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