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Por María Isabel Triviño , 16 de noviembre de 2021

Sernac presenta demanda colectiva contra Banco Ripley

  Atención: esta noticia fue publicada hace más de 3 años
Foto referencial Sindicato Banco Ripley.
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Entérese de los incumplimientos a la Ley del Consumidor denunciados por este Servicio, en materia de cobranzas extrajudiciales ilegales.

El Sernac presentó una demanda colectiva contra CAR S.A., filial encargada de la emisión y operación de la tarjeta de crédito del Banco Ripley, con el objetivo de que compense a todos los consumidores afectados y reciba las más altas multas por parte de la justicia, tras haber infringido la Ley del Consumidor al realizar cobranzas extrajudiciales abusivas. 

Tras una fiscalización a la industria financiera, este Servicio detectó que la filial del Banco Ripley realizaba una serie de prácticas abusivas hacia los consumidores morosos, siendo las más graves el acoso y hostigamiento a través de llamados reiterados y amenazas.

Además, se verificó que la empresa no realizaba gestiones útiles de cobranza dentro de los primeros 15 días tal como lo exige la Ley, además de no informar adecuadamente a los consumidores  acerca de los detalles de la deuda, por ejemplo, la fecha en que debió pagarse el monto adeudado.

Asimismo, el Sernac detectó que esta entidad financiera aplicaba cobros indebidos por gestiones de cobranzas extrajudiciales; por ejemplo, cargos por acciones realizadas durante los primeros “20 días de atraso”, las que de acuerdo a lo que establece la Ley no corresponden porque deben ser costeadas por la empresa. También aplicaba cobros por gestiones de cobranzas extrajudiciales, que no estaban debidamente calculados de acuerdo a los estándares que establece la normativa.

El organismo además detectó que, en el contrato que deben firmar los consumidores, CAR S.A. del Banco Ripley incluía una serie de cláusulas relacionadas con la cobranza extrajudicial, que afectaban sus derechos y que son denunciadas como abusivas por este organismo.

DERECHOS

Al respecto, el director nacional del Sernac, Lucas Del Villar, señaló que mediante este recurso judicial se busca reafirmar un derecho básico de los consumidores, como es el respeto y dignidad, insistiendo en que ninguna empresa puede hostigar a los consumidores para el cobro de una deuda.

Subrayó que “las personas no pierden sus derechos, aunque tengan deudas impagas”, las que dijo nadie tiene por gusto, a la vez que recalcó que “el hostigamiento y acoso pueden causar una gran angustia y sólo profundizar el problema”. 

Del Villar añadió que el organismo ha estado atento a las infracciones de las empresas en materia de cobranza, dado que la situación de pandemia ha hecho que muchas personas pierdan sus ingresos y se vieran obligadas a dejar de cumplir con sus compromisos. 

En este contexto, precisó que el Sernac registró un aumento de reclamos por cobranzas abusivas. Sólo el año pasado se recibieron cerca de 21 mil casos, y en lo que va de este 2021 ya suman alrededor de 12.300, principalmente por hostigamiento, cobrar deudas que no corresponden o acciones que afectan la estabilidad laboral o tranquilidad del deudor, como informar la deuda a terceros.

Cabe señalar que en Chile existen más de 4 millones de personas morosas, lo que equivale a un 34% de los ciudadanos mayores de 18 años.

Asimismo, Lucas Del Villar manifestó que recientemente se ha reforzado la Ley respecto a las acciones de cobranza y se limitaron las comunicaciones.

Y recordó que esta nueva Ley prohíbe que las empresas de cobranzas acosen a los consumidores, pues establece que sólo pueden realizar dos contactos efectivos a la semana separados por al menos dos días, por ejemplo, el lunes y jueves, martes y viernes.

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